Los desplazamientos oficiales al extranjero poseen la principal característica de tener objetivos muy específicos, por lo que el cumplimiento de las funciones preestablecidas para la realización de los mismos deben ser estrictamente planificadas. Lo mismo sucede a partir del nivel de responsabilidad que adquiere este tipo de misiones, en la mayoría de los casos. La existencia de estas responsabilidades viene acompañado de una serie de condiciones y controles que son requeridos por el organismo que coordina el desplazamiento, (los cuales varían según el tipo de entidad subnacional) generalmente la secretaria de gobierno, la jefatura de Gabinete o la secretaria privada. Además, al tratarse de operaciones complejas deben ser preparadas en las mejores condiciones posibles de coordinación entre las autoridades y los participantes implicados.Los desplazamientos de los funcionarios, en general, al ser actividades oficiales suelen estar reglados por un “dictamen de pertinencia” emitido por el organismo competente, que pueden o no estar previstos tanto en un programa anual aprobado por las autoridades, como en una simple nota explicativa que celebra el dictamen de pertinencia, y que explicita las necesidades preestablecidas de la misión y contempla los objetivos definidos.(...)
Si el desplazamiento es necesario, se puede invitar a la contraparte a venir al país; es parte de la práctica internacional alternar los lugares de conferencia si varias reuniones son necesarias.
Si bien es posible solucionar muchos asuntos sin necesariamente tener que estar presente en el lugar, ya sea a través de la utilización de distintas herramientas de comunicación, o mediante un representante en el exterior, en otros casos el desplazamiento resulta inevitable.
Aquí es donde cobran importancia las misiones al exterior, que puede imponerse por los siguientes motivos:
• Profundización de las relaciones económicas- comercia-les con otros países, regiones o ciudades, en pos de generar o intensificar negociaciones, a los efectos de remover obstáculos que afecten el ingreso de los productos propios a nuevos mercados.
• Negociación de tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés mutuo, destinados a generar una cooperación política, económica, comercial, tecnológica, cultural, recíproca.
• La participación tiene como objetivo una reunión gubernamental, evento, ceremonia de estado o foro que se celebra en el extranjero.
• La participación forma parte de un período de prácticas previsto en un programa de cooperación bilateral;
• Realización de reuniones de consultas económicas bilaterales (comisiones mixtas) y de Consultas Políticas.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario